Micelio
Auto22 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objeciones Gubernamentales A Proyecto De Ley En El Cual La Nacion Se Vincula A La Celebracion De Los 50 Años De La Universidad De Cordoba
  • Abstenerse de decidir hasta tanto se subsane el vicio de trámite consistente en la omisión del requisito de votación
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se dispone devolver al Senado de la República el expediente legislativo correspondiente al proyecto de Ley 067/14 Senado y 125/13 Cámara, por medio de la cual la Nación se vincula a la celebración de los 50 años de la Universidad de Córdoba, se autorizan apropiaciones presupuestales, se modifica la Ley 382 de 1997 y se dictan otras disposiciones.

Lo anterior, con el objeto que se subsane el vicio de trámite consistente en la omisión del requisito de votación nominal y pública del informe de objeciones gubernamentales en la plenaria de esa Cámara Legislativa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEVOLVER al Senado de la Republica el expediente legislativo correspondiente al Proyecto de Ley No. 067 de 2014 Senado, 125 de 2013 Camara "por medio de la cual la Nacion se vincula a la celebracion de los 50 anos de la Universidad de Cordoba, se autorizan apropiaciones presupuestales, se modifica la ley 382 de 1997 y se dictan otras disposiciones", para que subsane el vicio de tramite consistente en la omision del requisito de votacion nominal y publica del informe de objeciones gubernamentales en la plenaria de esa Camara legislativa.
  2. Para el cumplimiento de lo anterior, el Senado de la Republica tendra un plazo de 30 dias habiles, contados a partir del inicio de la nueva legislatura el 20 de Julio de 2016, siempre que este auto haya sido notificado.
  3. Segundo. Una vez se haya subsanado el vicio en los terminos del numeral anterior, el senor Presidente del Congreso remitira a la Corte el proyecto de ley objetado por el gobierno, acompanado del expediente legislativo correspondiente, a fin de que esta Corporacion resuelva sobre su constitucionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 167 de la Constitucion Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.